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29 de julio de 2020

Río Atuel: Nuevo fallo a favor de La Pampa By Pedro Álvarez Bustos

El 16 de julio próximo pasado el gobernador de La Pampa, Sergio Ziliotto, dio una conferencia de prensa, junto a otros funcionarios y referentes del tema atuelino, para festejar el fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a favor de La Pampa

 En ese histórico pronunciamiento se ordenó como meta interina un caudal mínimo permanente de 3,2 m³/s., en el límite de las dos provincias (Puente de los Vinchuqueros). Ese fue el caudal recomendado por el Instituto Nacional del Agua (INA) y la sugerencia que hizo La Pampa en base a la aplicación del sistema de cálculo conocido como “método suizo” (que dio un resultado de 3,4 m³/s); como instrumento de posible cese del daño ambiental ocasionado sobre 1.500.000 hectáreas, por la falta de escurrimiento del río en territorio pampeano.

El fallo habla de obras, pero antes de acciones. La Pampa deberá reclamar, de inmediato, la suelta de aguas.

Las obras son tomadas de un listado del gobierno nacional mediante las cuales se garantizará el 1,3 m³/s que proponía Mendoza. Ahora se debe trabajar para que las sueltas de agua de la provincia cuyana lleguen a 3,2 m³/s. “La lucha valió la pena, pero más valdrá la que viene porque cada vez estamos más cerca del objetivo, a paso firme, con coherencia y persistencia”, comentó el gobernador.

El pedido inicial de La Pampa fue de un caudal de 4,5 metros cúbicos segundo con una opción de 3,4 m³/s en base a los estudios de la Universidad Nacional de La Pampa pero, pasado determinado plazo, el caudal debe ser de 9,5 m3/s.

Antecedentes abreviados

El río Atuel corría libremente por tierras pampeanas hasta que, en 1947 con la construcción de los Nihuiles en Mendoza, dejó sin agua sus cauces, sus humedales, sus ecosistemas. Ello motivó la desaparición de majadas de ovinos y el éxodo humano, destruyendo una cultura originaria.

En 1979/1987 se tramitó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el proceso por la interprovincialidad del Río Atuel. Fue un litigio clásico, con demanda, contestación y sentencia pensada como definitiva. La Pampa fue ganadora y la interprovincialidad quedó firme. El juicio fue iniciado por el autor de esta columna.

Comité de Cuenca

La interprovincialidad del Atuel conlleva la creación de un Comité de Cuenca integral, que administre y gestione obras en sus cauces.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia reiteró que la Comisión del Atuel Inferior (CIAI) debe convertirse en el Comité Interjurisdiccional del Río Atuel (CIRA), con competencia en todo el cauce, no solo del tramo inferior y que debe incluir al gobierno nacional; y determinar obras de infraestructura necesarias que garanticen el caudal mínimo. La conformación del Comité de Cuenca, al estilo del COIRCO (Río Colorado), para aprovechar la potencialidad del río, implica que las provincias condóminas integren un ente para el manejo de toda la cuenca.

Nación ya anticipó que está redactando el estatuto del Comité y eso de por si constituye un avance significativo.

Consectario

La del Atuel ha sido la causa de todos los pampeanos. No pertenece a una persona, o a varias, ni tampoco a un partido político, ni a un gobierno. Como se ha venido pregonando, en La Pampa, “El Atuel es un Dios sin Ateos”.

La Corte Suprema de Justicia fijó como meta interina un caudal mínimo permanente del Atuel de 3,2 m³/s., en el límite de las dos provincias.

Así mismo ordenó a las dos provincias involucradas, más el Estado Nacional, determinen en la órbita de CIAI las acciones u obras de infraestructura necesarias para alcanzar el nivel mínimo permanente.

La presentación de los programas de acciones u obras y de monitoreo, deberán ser sometidos a la aprobación del Alto Tribunal de la República, dentro del plazo de noventa (90) días.

Se instó a las provincias de La Pampa y Mendoza al fortalecimiento institucional del organismo de cuenca, integrando al Estado Nacional, para la conformación de la Comisión Interjurisdiccional del río Atuel (CIRA), en reemplazo de la actual Comisión (CIAI).

Pedro Álvarez Bustos*

* Ex Fiscal de Estado de La Pampa; abogado, escritor y productor agropecuario de tercera generación.

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