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27 de agosto de 2019

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de un aceite de oliva.

A través de la disposición 6765/2019, que se publicó este martes en el Boletín Oficial, el organismo prohibió la venta del siguiente artículo: “Aceite de oliva Premium, marca Olivares del Norte

“El producto se halla en infracción al Código Alimentario Argentino (CAA) por carecer de autorización de producto y de establecimiento, estar falsamente rotulado al consignar un RPE inexistente y un Rnpa perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia ilegal”, explicó la Anmat en los considerandos de la medida.

Asimismo, agregó: “Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por la Ley 18284”.   

La Anmat también prohibió la comercialización de todos los conservantes de agua de piscinas de la marca Baigrin. La prohibición incluye alguicidas, clarificantes, estabilizantes y otros productos que elabora esa firma. La disposición publicada en el Boletín Oficial consigna que en sus rótulos dicen "fabrica y distribuye tressher Grahmbell 638, Paso del Rey, Buenos Aires", pero no se observan datos de registro ante la provincia de Buenos Aires. 

En el caso del Keytruda, Pembrolizumab 100 mg/4 ml, solución para infusión por 1 vial con 4 ml de solución inyectable, uno de los dos productos médicos prohibidos, la Anmat advirtió la presencia de versiones falsas y por eso tomó la decisión. La prohibición corre para todos aquellos cuyo "envase secundario sin etiqueta de trazabilidad, precinto de seguridad violado, y envase primario (vial) con tapa azul con la inscripción "FLIP-OFF" en relieve". E

El organismo explicó que se trata de "un medicamento falsificado, del que se desconoce su contenido, las condiciones de almacenamiento y conservación".

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El otro producto médico cuyo uso, comercialización y distribución fue prohibido por la Anmat está rotulado como rotulado como “FILES K/Ref. 063 CCCord/ stainless /UNITED DENTAL, U.S.A”. La prohibición fue impuesta porque no cuenta con el certificado de autorización ante la Anmat ni se conocen los datos del titular responsable en la Argentina y se mantendrá "hasta tanto se encuentre inscripto en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica”.

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