28 de agosto de 2022
La Provincia imputó a Netflix por cláusulas abusivas
El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense, a través de la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Comercial y Promoción de Inversiones, detectó la inclusión de cláusulas abusivas incorporadas en los términos y condiciones de Netflix en infracción a la ley de Defensa del Consumidor.
Se constató, analizando los “Términos de Uso de Netflix” que rigen la contratación, que la reconocida empresa mediante una redacción compleja y poco clara, impone a sus usuarias y usuarios cláusulas que se presentan abusivas.
Entre los puntos cuestionados, la Provincia detectó que los pagos que realicen los consumidores «no serán reembolsables ni se otorgarán créditos en favor del consumidor en ningún caso», lo que para la Provincia «genera confusión y error en el usuario, y la falsa creencia de que nada podrá reclamar una vez efectuada la contratación y realizado el pago, aun en supuestos de incumplimientos de la empresa, falta o defectuosa prestación del servicio».
También se percibió que se establece una cláusula de exoneración y/o limitación de responsabilidad, «imponiendo a sus usuarios la renuncia a futuros reclamos por la prestación del servicio y a los daños que se les pudieren generar, declarando por anticipado que el servicio de Netflix puede presentar interrupciones y errores y se ofrece en esas condiciones, sin garantías, lo que resulta además violatorio al deber legal de garantía que poseen todos los productos y servicios conforme la ley Nacional de Defensa del Consumidor».
Las faltas detectadas están en infracción del artículo 4° y 37, inciso b) de la Ley 24.240, Resolución Nº 53/2003 de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, Resolución Nº 994/2021 de la SCI de la Nación y el Código Civil y Comercial de la Nación. La empresa que ya ha sido notificada, debe adecuar, modificar y/o suprimir las cláusulas observadas y posee 5 días hábiles e improrrogables, para presentar su descargo.