4 de abril de 2020
Nuevas actividades exceptuadas del aislamiento obligatorio
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El Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires, informa que, conforme a la Decisión Administrativa 450- en su Artículo 2°- publicada en Boletín Oficial, se amplía el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia en los términos previstos en el Decreto N° 297/20.
Las actividades exceptuadas, y que DEBERÁN tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación, son:
2. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
3. Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
4. Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
5. Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación
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