Viernes 19 de Abril de 2024

Hoy es Viernes 19 de Abril de 2024 y son las 23:34 - Oficializan los haberes de las jubilaciones de mayo / Hackeo revela datos sensibles de Licencias de Conducir / Contratistas en la disyuntiva de cuanto cobrar / La Bolsa de Cereales participó del webinar "Trigo 2023: Perspectivas de mercado global" / La Querencia: obtiene sorprendentes resultados / Las revolucionarias reglas a las que deberá adaptarse Messi en la MLS a partir del fin de semana / Fue campeón en Italia, dejó el fútbol a los 22 años por las lesiones y se convirtió en monje budista: ?Encontré la felicidad? / Dura reflexión del Cholo Simeone tras la eliminación del Atlético Madrid ante Borussia Dortmund por la Champions League / Las noticias con humor! / Las noticias con humor! / Jardín Secreto, presenta vida botánica / SEMINARIOS INTENSIVOS DE SÍMBOLOS PATRIOS / Información importante para el sector ganadero / Información importante para el sector ganadero / Presenta Asociación Rural de Gral Vte / Presenta Asociación Rural de Gral Vte / Presenta Asociación Rural de Gral Vte / ?Perdió el control?: el insólito error a centímetros del hoyo de una figura del golf que terminó con su eliminación del Masters en Augusta / La inesperada derrota del Liverpool que lo puede privar del título de la Premier League y la reacción de Klopp en el golazo del Crystal Palace / El alocado festejo de Dibu Martínez con el público del Aston Villa y el especial mensaje para el Arsenal tras el estupendo triunfo /

16 de julio de 2015

Será casi imposible usar drones

La utilización de drones para tomar imágenes aéreas se convirtió en una moda que deberá reformularse para mantenerse dentro de la legalidad. Es que el gobierno nacional impuso una virtual prohibición al uso de este tipo de aparatos pilotados a distancia.

A través del Boletín Oficial se informó que se aprobó el Reglamento Provisional de los Vehículos Aéreos No Tripulados, en base a un documento elaborado por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), que funcionará como regulador de la actividad en el espacio aéreo.

La flamante normativa advierte que toda persona que pretenda operar un vehículo aéreo pilotado a distancia o un sistema de vehículos aéreos similares "deberá contar con una autorización expedida por la ANAC".

Aunque se aclara que de ese requisito quedan excluidos "los vehículos pequeños (hasta 10 kilos de peso vacío) con fines deportivos o recreativos", las autoridades advierten que en esa categoría no se encuadra el uso de estos vehículos para: 1) la fotografía o filmación no consentida de terceros o de sus bienes o pertenencias; 2) la observación, intromisión o molestia en la vida y actividades de terceros; 3) la realización de actividades semejantes al trabajo aéreo. Vehículo aéreo exclusivamente autónomo. Vehículo aéreo no tripulado que no permite la intervención del piloto en la gestión del vuelo.

La reglamentación indica además que este tipo de aparatos "no podrán operar en zonas densamente pobladas o donde haya aglomeración de personas ni en horario nocturno"; en ambos casos será necesario obtener un permiso especial de la ANAC.

Las autoridades precisan además que los vehículos aéreos pilotados a distancia o sistemas de vehículos aéreos pilotados a distancia "no podrán ser operados a más de CUARENTA Y TRES (43) metros (140 pies) de altura sobre nivel del terreno debajo de un espacio aéreo controlado o dentro de un radio de CINCO (5) kilómetros del centro geométrico de la pista de un aeródromo". De esta manera queda establecido que "deberá mantenerse visibilidad directa y continua" del aparato durante su uso.

Otro dato significativo es que los propietarios de drones estarán "obligados a contratar un seguro de responsabilidad por los daños a terceros que pudiera ocasionar su operación". Y deberán llevar "una placa de identificación inalterable fijada a su estructura".

Los miembros de la tripulación remota de un vehículo aéreo pilotado a distancia también deberán reunir los siguientes requisitos: 1) Ser mayores de edad; 2) Contar con aptitud psicofisiológica certificada por un hospital público, que dé cuenta de su aptitud visual y auditiva como así también de su motricidad fina. "Este recaudo deberá ser acreditado cada DOS (2) años", se especifica.

Finalmente se indica que el Reglamento Provisional de los Vehículos Aéreos No Tripulados "entrará en vigencia a los CIENTO VEINTE (120) días de su publicación en el Boletín Oficial".

COMPARTIR:

Comentarios