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30 de diciembre de 2017

Operativo verano 2018: multas de hasta 25 mil pesos, retención de licencia y secuestro del vehículo por no tener la VTV al día

Con el comienzo del período vacacional, los controles en las rutas se multiplicaron. Las autoridades están facultadas por ley a retener aquellos vehículos que no hayan aprobado la VTV o no hayan grabado sus autopartes. Las sanciones pueden ir de mil a 25 mil pesos, en caso de reincidencia

Casi 400 fiscalizadores y 170 móviles se despliegan en cuarenta puntos turísticos y estratégicos del territorio nacional. El operativo de seguridad vial integral a cargo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) pretende garantizar la circulación segura de quienes emprendan sus vacaciones en diciembre, enero y febrero. El comienzo del período vacacional 2018 despertó quejas e indignación entre los conductores: retención de vehículos, licencias y multas siderales por infracciones relativas a la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y Registro de Verificación de Autopartes (RVA).

Los puestos de vigilancia en calles, avenidas, autopistas, rutas nacionales y rutas provinciales se incrementaron. El Operativo Verano prevé superar los 16.000 controles en Buenos Aires y 140.000 en todo el país, duplicando los valores de la gestión de la época estival del año pasado, cuando controlaron 1.717.684 vehículos y labraron 31.144 actas de infracción.

De acuerdo a la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial 24.449, la VTV es una disposición obligatoria a todo el campo automotor del país. Aquel conductor que circule con un vehículo que no haya aprobado ni haya sido evaluado su rendimiento, comportamiento o estado general por una planta verificadora se considera un infractor de tránsito, plausible de sanción. La sanción depende de la legislación de cada provincia o municipio: puede ir de 2.200 a 25 mil pesos por no tener al día la VTV.

Los vehículos que hayan sido multados por esta falta seguirán estando en infracción en caso de continuar circulando. Las autoridades están facultadas a secuestrar el vehículo: están amparados por ley. Pero a veces no suele ser operativa la confiscación de la unidad porque en puestos de controles aleatorios distribuidos a la vera de la rutas no pueden quedar varados los vehículos. La retenciones deberán estar coordinadas a través de convenios con los municipios para dejar las unidades secuestradas en depósitos municipales. En caso contrario, lo más probable, el infractor podrá seguir viaje con la multa labrada.

Lo mismo sucede con la licencia de conducir. Las autoridades pueden retener la documentación del conductor y otorgar un permiso temporal de 48 horas hábiles. Luego deberá pagar la multa y hacer la VTV. En la ciudad de Buenos Aires, aquellos que no cumplan el requisito obligatorio de la verificación vehicular serán sancionados con 400 UF (unidades fijas: el equivalente al valor de venta al público del medio litro de nafta de mayor octanaje en la estación de servicio del Automóvil Club Argentino ubicada en la Avenida del Libertador) o 4.460 pesos. Los que no dispongan del certificado o la oblea serán penados con 100 UF: 1.115 pesos.

En la provincia de Buenos Aires el castigo es peor. Las multas por falta de VTV pueden ascender a siete mil pesos. El artículo 16 de la 13.927 provincial de tránsito establece que la sanción a aplicarse puede ir de 300 a 1.000 UF, según el grado de infracción. Los jueces pueden contemplar reincidencia o mayor gravedad en la depreciación del vehículo y multarlos con hasta 25 mil pesos. Depende de la graduación de la pena entre el mínimo y el máximo que disponga cada juzgado o el concurso de faltas si configura más de una infracción. Si el pago se hace de manera voluntaria y dentro de un plazo de treinta días, se puede obtener un descuento del 50 por ciento. Para liberar la licencia retenida, el usuario deberá realizar la VTV en cualquier taller habilitado de toda la provincia.

Consultado por Infobae, el especialista en tránsito Ernesto Arriaga advirtió la necesidad de divulgar los beneficios de la verificación periódica del vehículo y alertó sobre las consecuencias de no realizarla. No circular con la VTV al día es razón suficiente para que la compañía aseguradora rechace una eventual denuncia de siniestro. "Tiene sustento legal porque el vehículo se encontraba en infracción para circular", notificó el experto. Un accidente ocasionado por frenos defectuosos o el despiste causado por el mal estado de alguna herramienta del vehículo podrá no ser cubierto por las aseguradoras.

En relación al grabado de autopartes o el Registro de Verificación de Autopartes (RVA), el panorama es más confuso. Solo está legislado en cuatro municipios: Buenos Aires -provincia y ciudad-, Mendoza y Córdoba. Como cada localidad tiene su legislación propia, el valor de la multa oscila según la ubicación del puesto de control. Puede variar de 1.200 a 3.500 pesos. Pueden retener la licencia del conductor, pero no secuestrar el vehículo. Según fuentes oficiales de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, la multa en tránsito por no haber grabado las autopartes asciende a 1.200 pesos, mientras que la sanción por hacerlo fuera del plazo es de 820 pesos.

Recientemente la Resolución 40691-E/2017 de la Superintendencia de Seguros de la Nación dispuso que las compañías aseguradoras incluyeran en sus pólizas una leyenda que recuerde la exigencia de contar con el grabado de autopartes en las jurisdicciones donde el requerimiento es ley: "El vehículo asegurado deberá contar con el respectivo grabado indeleble del dominio en determinadas partes de la carrocería conforme lo disponga la normativa de aquellas jurisdicciones en las que el mismo es obligatorio". Rige desde 2011, cuando fue sancionada la Ley 3.708 que pretende desalentar la venta de piezas robadas. Pero desde 2016 comenzaron a aplicar sanciones, lo que derivó en un reclamo popular producto de la desinformación. La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y las policías de la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires exigen en sus requerimientos de circulación la oblea y certificado de la Revisión Técnica Obligatoria (según legislación donde se encuentra radicado el vehículo), pero la ANSV no incluye en la documentación obligatoria el Registro de Verificación de Autopartes.

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