1 de noviembre de 2017
Agravan multas a comerciantes que vendan alcohol a menores
El gobierno bonaerense promulgó la ley que aumenta de cinco a 50 salarios mínimos las penas para los comerciantes que vendan o suministren bebidas alcohólicas a menores de 18 años, cualquiera sea la hora del día, e incluye otras sanciones como clausuras y arrestos.
Se trata de una modificación a la ley 11.748 que elevó las multas a los responsables de los comercios, quienes además podrán ser sancionados con arresto de 30 a 90 días y la clausura del local de 30 a 180 días.
Con la nueva normativa, publicada en el Boletín Oficial, las multas por violar la prohibición de vender bebidas alcohólicas a menores se incrementa de 5 a 50 salarios mínimos vital y móvil, cuando antes era de 5.000 a 50.000 pesos.
El adjunto a la Defensoría del Pueblo bonaerense, Walter Martello, calificó como “un avance” la entrada en vigencia de las nuevas sanciones, que “además de actualizarse automáticamente en el caso de las multas, también pueden llegar a los 500.000 pesos”.
Martello aseguró además que “el factor sancionatorio sobre la comercialización, no es el único aspecto que debe abordarse en un contexto donde 8 de cada 10 jóvenes manifestaron haber bebido alcohol en el último año en modo problemático, pero sin duda es un aspecto importante, que no se venía actualizando desde la sanción de la ley original”.
La Ley 11.748 prohíbe en todo el territorio provincial la venta, expendio o suministro a menores de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y graduación, en cualquier hora del día, aún cuando el consumo se realice fuera del local.