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21 de octubre de 2017

Veda electoral con prohibiciones que rigen hasta el final del comicio

Desde las 8 de la mañana de este viernes y hasta las 21 del domingo rige la veda electoral donde no se puede emitir propaganda política, tampoco publicar encuestas. El domingo se prohíbe la venta de alcohol y los espectáculos públicos y privados.

El Código Electoral Nacional establece que 48 horas antes y hasta el cierre del acto electoral no se puede emitir declaración de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, ni publicar avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector; tampoco publicar los resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.

Durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización, es decir hasta las 21 del domingo, se prohíben: los espectáculos populares al aire libre y también en recintos cerrados; las fiestas teatrales y deportivas; toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

Mientras que la venta de bebidas alcohólicas estará prohibida desde la cero hora del domingo hasta tres horas después de finalizada la elección.

Por otro lado, a ochenta metros de la mesa receptora de votos está prohibido la realización de reuniones de electores en los domicilios; la apertura de organismos partidarios; y la distribución de boletas de sufragios a los electores.

Entre otras cosas, durante la veda se prohíbe “la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizadas”.

Según establece el Código, los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados y sancionados si la Justicia comprueba la falta.

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