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20 de enero de 2017

Buscan ampliar de la figura del arrepentido en la provincia

El proyecto de ley propone reformar el Código de Procedimiento Penal bonaerense y será enviado a la Legislatura cuando comience el período de sesiones ordinaria de este año, en el mes de marzo.

La iniciativa incluye la posibilidad de que fiscales y jueces realicen acuerdos para morigerar penas o, directamente, para archivar las causas en los casos en que los imputados accedan a brindar información sobre los delitos investigados.

En declaraciones a Télam, el subsecretario de Justicia bonaerense, Adrián Grassi, explicó que la propuesta “busca complementar la ley nacional que aprobó el Congreso el año pasado, regulando cuestiones que sirven para volver operativa la figura del arrepentido” en territorio provincial.

El primer artículo explicita que “cuando en el marco de investigaciones complejas o que tengan por objeto organizaciones o estructuras criminales, existan motivos fundados para concluir que la declaración de un imputado será una prueba esencial para asegurar el esclarecimiento del hecho o el éxito de la pesquisa respecto de otros autores, coautores, partícipes o encubridores que resulten más relevantes, y aquél se comprometa a aportar datos o indicaciones conducentes al efecto, el fiscal podrá proceder al archivo de la causa a su respecto”.

“Aquí damos la posibilidad de que cuando el imputado arrepentido cometió un delito muy leve o tiene una participación muy pequeña en la organización, le corresponda una condena de ejecución condicional. Es decir, de tres o menos años de prisión y no va preso”, señaló el funcionario y agregó: “En esos casos, el fiscal puede hacer un acuerdo de colaboración, archivarle la causa y que quede libre, por lo que el arrepentido asume la obligación de declarar como testigo”.

El proyecto determina que el imputado beneficiado por ese archivo “quedará obligado a prestar declaración como testigo”, en la que deberá “aportar datos que revelen la identidad de otros autores, coautores, partícipes o encubridores de los hechos investigados u otros conexos, y que permitan un significativo avance de la investigación”.

Y por último, Grassi graficó que “en una usurpación, por ejemplo, hay gente que participa de la primera toma del terreno, porque es usada para cometer ese delito, pero su participación es leve y no son los instigadores o responsables del hecho, entonces, para esos casos, el fiscal puede arreglar con el arrepentido que le archiva la causa pero lo obliga a declarar como testigo bajo juramento”.

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